ARCA posterga 120 días la prohibición de sacar granos y envases de 10 kg por el tráfico vecinal fronterizo
Con la RG 5914/2026, publicada el 22 de octubre, ARCA difirió por 120 días corridos dos de las restricciones que la RG 5910 había sumado al régimen de frontera: la salida de trigo, soja y maíz y la de mercadería en envases de 10 kg o más. El tope de USD 150 por día y por poblador sigue vigente.
COMEX explicado
- Qué pasó
- ARCA postergó por 120 días corridos, con la RG 5914/2026, las prohibiciones de sacar granos y mercadería en envases de 10 kg o más por el régimen de tráfico vecinal fronterizo.
- Por qué importa
- Era el punto más resistido de la RG 5910 en las ciudades de frontera, donde la harina se vende en bolsas de 25 kg; el tope de USD 150 por día y por poblador sigue vigente.
- A quién afecta
- Comercios de localidades fronterizas como Salvador Mazza, Aguas Blancas, La Quiaca y las de Misiones, y los pobladores de Bolivia, Paraguay y Brasil que compran en la Argentina.
- Productos involucrados
- Trigo, Soja, Maíz, Harina en bolsas de 25 kg, Alimentos en envases de 10 kg o más
- Qué puede pasar ahora
- Según ARCA, las dos prohibiciones regirán a los 120 días corridos contados desde el 10 de octubre de 2026.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) postergó por 120 días corridos dos de las restricciones que había sumado este mes al régimen de tráfico vecinal fronterizo: la prohibición de sacar del país trigo, soja y maíz y la de llevar mercadería en envases de 10 kilos o más. Lo hizo con la Resolución General 5914/2026, firmada el 21 de octubre por el titular del organismo, Andrés Vázquez, y publicada en el Boletín Oficial el jueves 22, día en que entró en vigencia.
La pausa no deroga esas prohibiciones. Según el artículo 1° de la norma, los incisos c) y d) del punto 7 del Anexo IV «A» de la Resolución 2604 de la ex Administración Nacional de Aduanas se aplicarán a partir de los 120 días corridos desde la entrada en vigencia de la RG 5910, que rige desde el 10 de octubre. El resto de los cambios de esa resolución, incluido el tope de USD 150 por día y por poblador, siguen en pie.
Qué se posterga y qué sigue vigente
La RG 5910, publicada el 9 de octubre, reescribió la lista de mercaderías que no pueden salir por este régimen, pensado para que los residentes de localidades fronterizas de países limítrofes compren en la Argentina para su consumo personal o familiar. Sumó dos exclusiones nuevas, los granos en todas sus formas y los productos en envases de 10 kg o más o su equivalente en volumen, y mantuvo las prohibiciones previas, como la de llevar combustible en bidones, tanques suplementarios u otros recipientes.
Según el resumen de Fracran, que sigue el comercio de frontera en Misiones, la postergación alcanza solo a esos dos incisos: el límite diario de USD 150 por persona y la restricción a los combustibles continúan aplicándose, y el régimen sigue sin poder usarse con fines comerciales o industriales. La pausa tampoco crea un cupo de compra nuevo ni modifica las franquicias de quienes ingresan al país con compras hechas en Brasil o Paraguay. Algunos medios provinciales presentaron la decisión como una postergación de todos los cambios, pero el texto oficial solo difiere los dos incisos.
Hasta cuándo rige la pausa
Las fuentes no coinciden en la fecha exacta en que volverán a regir las prohibiciones, porque la norma no fija un día calendario. La novedad publicada por ARCA habla de 120 días corridos contados a partir del 10 de octubre, lo que lleva la aplicación a comienzos de febrero de 2027. El Intra, en cambio, estimó que si el plazo se contara desde la publicación de la nueva resolución la pausa vencería a mediados de febrero, en plena antesala de las elecciones provinciales salteñas.
Por qué ARCA dio marcha atrás
En los considerandos, ARCA recuerda que los artículos 578 a 580 del Código Aduanero crean el régimen de tráfico fronterizo para los pobladores de zonas de frontera y excluyen de él el uso comercial o industrial, y que la RG 5910 buscó reducir el fraccionamiento de compras, la repetición sistemática de operaciones y los desvíos hacia circuitos comerciales no autorizados. Para diferir dos de esas limitaciones invoca razones operativas y socioeconómicas de las zonas de frontera y la necesidad de dar tiempo a las adaptaciones. En su comunicado, el organismo agregó que busca no alterar los usos y costumbres de esas localidades ni frenar su actividad económica.
La decisión llegó después de dos semanas de reclamos. En Salta, el gobernador Gustavo Sáenz había planteado la revisión de la medida ante Vázquez y ante el director general de Aduanas, José Vélis, y, según El Intra, se presentó además un amparo con pedido de medida cautelar. El 19 de octubre, los bagayeros de Yacuiba, del lado boliviano, cortaron durante 24 horas el puente internacional que une esa ciudad con Salvador Mazza. Tras la publicación de la RG 5914, Sáenz celebró que ARCA hubiera escuchado el reclamo de comerciantes y municipios.
Qué pedían los comerciantes
El punto más discutido era el de los envases. Según Nuevo Diario de Salta, Manuel Pieve, exportador de la zona, explicó que la harina se vende a los compradores bolivianos en bolsas de 25 kg, que pueden costar cerca de 35% menos por unidad que las presentaciones chicas, y que fraccionarla en envases menores obliga a cambiar el empaque y la logística. Los comerciantes de esa frontera habían pedido seis meses de transición para vender el stock y adaptarse. En La Quiaca, frente a la ciudad boliviana de Villazón, Que Pasa Jujuy describió la postergación como un alivio para el comercio de pequeña escala de la Puna.
Qué sigue
Según Salta News, durante los 120 días funcionarán mesas de trabajo para analizar la situación comercial en la frontera y la forma de introducir los cambios, aunque no se informó quiénes las integrarán. Vencido el plazo, las dos prohibiciones entrarán en vigencia salvo que ARCA dicte una norma distinta. Hasta entonces, los comercios que venden a pobladores de países vecinos pueden volver a despachar por este régimen granos y presentaciones de 10 kg o más, como las bolsas de harina de 25 kg, siempre dentro del tope de USD 150 diarios por comprador y sin fines comerciales.
Leer el original en ARCA: Postergación de la implementación de los cambios en el comercio fronterizo