Derecho de exportación
Tributo que se paga al exportar, como porcentaje del valor FOB; en la Argentina también se lo llama retención. La alícuota depende de la posición arancelaria; muchas posiciones tienen 0 %.
Es un tributo aduanero que se paga al exportar, calculado como un porcentaje del valor FOB de la mercadería. En la Argentina se los llama habitualmente retenciones, sobre todo cuando se habla de granos y oleaginosas.
La alícuota depende de la posición arancelaria y la fija el Poder Ejecutivo por decreto, por lo que puede cambiar con frecuencia. Muchas posiciones tienen alícuota cero. Si el producto incorpora insumos importados en forma temporaria, su valor puede descontarse de la base de cálculo.
Ejemplo. Una exportación de USD 50.000 FOB con una alícuota del 5 % paga USD 2.500 de derecho de exportación.
Para profundizar
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Términos relacionados
- FOBFree on board («libre a bordo»): Incoterm en el que el vendedor entrega la mercadería cargada en el buque. El valor FOB no incluye el flete ni el seguro internacional.
- Reintegro a la exportaciónDevolución de tributos internos que tienen algunas posiciones arancelarias al exportar. Se calcula sobre el FOB menos los insumos importados y las comisiones, y no corresponde a todos los productos.
- Importación temporariaRégimen que permite ingresar insumos sin pagar tributos si se reexportan, transformados, dentro de un plazo (Decreto 1330/2004).
- Liquidación de divisasVenta en el mercado de cambios de los dólares que cobran los exportadores por sus ventas al exterior.
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